La Regla 2 Minuto de morosos comunidades de vecinos
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Si pasado el plazo y la deuda sigue sin saldarse, el presidente de la comunidad calificado por la Agrupación de vecinos, podrá requerir y solicitar ante el juzgado la petición para que devuelva el valía de la deuda, demostrando el impago del vecino moroso mediante facturas y documentos que acrediten dicha deuda.
No es igual no abonar las cuotas sin justificación, que probar la desatiendo de medios para hacer frente al pago
He realizado los primeros contactos con el administrador y al parecer hay iniciado un proceso monitorio.
Sin bloqueo, esto no alega a que haya menos inquilinos morosos, sino que puede deberse a la suspensión de desahucios y lanzamientos impuesta por el Gobierno. Esta medida búsqueda proteger a los colectivos más vulnerables impidiendo que se les desaloje de su vivienda habitual.
Buenas tardes me agradaría que me aconsejara como encargar un problema soy presidente de mi comunidad hay varios vecinos que tienen recibos pendientes,pero en la reunión de vecinos solo quieren denunciar a un deudor esto se puede hacer yo no lo acercamiento exacto porque no es solo un vecino son varios .
Debe ejercitar su cargo aun cuando no viva en el edificio, de forma gratuita y sin delegar su cargo, funciones y responsabilidades salvo a un copropietario. Los vecinos morosos incluso pueden ser presidentes de la comunidad.
prescribe esa deuda? quiero hacer constar que esa deuda empezó desde los inicios que se creo la comunidad hasta el día que yo compre el piso en el año 2014 y estoy al corriente de pagos comunitarios.
hola!!vivo en una escalera que puede aceder otro edificio,es sostener que nuestra escalera esta comunicada con otra que tiene otra salida por la calle de atras pero como hace abriles que tienen otra salida sigue saliendo por nuestra escalera pero sin hacerce caldo de cualquer cusa que se daña y tampoco quieren extirpar la entrada,quiero conocer si puedo hacer poco para que ellos pero no pasen por aqui ya que tienen sus nacido por la calle de atras.gracias
En principio lo que quieren asegurar con eso es que aunque las deudas hayan prescrito, la prescripción no se aplica automáticamente sino que hay que alegarla, a diferencia de la caducidad que si se aplica automáticamente, por lo que ellos no van a cancelar la deuda sin más, sino que tendrá que ser el moroso el que acuda al juez a exigir que se declare la deuda extinguida por prescripción.
El caso es que una vecina decidió que si la obligaban a abonar la derrama lo haría a su forma pagando lo menos posible al mes oportuno a la indignación por los vecinos que se iban de rositas. Esta vecina siempre pagó su comunidad a tiempo hasta la día, lo único que la derrama la paga a plazos.
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Por otra parte, en caso de venta, el nuevo propietario "responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el divisoria de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga emplazamiento la adquisición y a los tres abriles naturales anteriores".
La segunda cuestión es: ¿Por qué la comunidad tiene que remunerar al abogado las costas en aquellos casos en los que el moroso no ha satisfecho estas cantidades? ¿Nos puede vincular a retribuir estos importes si no hay acreditación de que el moroso ha pagado?
Como propietaria tiene derecho a ceder a la información de la Comunidad, su Administrador tiene la obligación de enviarle toda la información por los medios que se click here requieran habitualmente incluso por correo electrónico si el Presidente Ganadorí lo considerara, sino fuera Campeóní el Administrador estará obligado a informarle en su despacho de aquellas cuestiones que vd. requiera siempre que no infringa con ello la índole orgánica de protección de datos.